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CONTABILIDAD Y TRIBUTARIO


Se autoriza la movilidad de carbón que se produce en los municipios del Norte de Santander por la Costa Caribe

* Se autoriza la movilidad del carbón que se produce en los municipio de Norte de Santander cobijados por la declaración de emergencia, a través de los puertos de servicio privado de la Costa Caribe destinados a la movilización de carbón, mientras permanezca cerrada la frontera con la República Bolivariana de Venezuela.
* Las tarifas por uso de las instalaciones de los puertos privados, se sujetaran a lo dispuesto sobre el particular para los puertos de servicio. Igualmente no estarán sujetos al pago de liquidación y pago de la contraprestación que estos deben cancelar en virtud de los contratos de concesión portuaria.

* Fuente: Decreto 1977 de 06 de octubre de 2015, Ministerio de Transporte.


Habilitación excepcional de Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado en Liquidación

* Habilitación excepcional de Entidades Promotoras de Salud del Régimen Subsidiado en Liquidación, con el fin de garantizar el aseguramiento y la prestación de servicios de salud a la población repatriada, retornada, deportada o expulsada en los municipios de frontera.

* Fuente: Decreto 1978 de 06 de octubre de 2015, Ministerio del Interior.


Autorización de Generación de Energía Eléctrica en el Proyecto El Quimbo

* Se autoriza el inicio de la generación de energía eléctrica en el proyecto hidroeléctrico El Quimbo.

* Fuente: Decreto 1979 de 06 de octubre de 2015, Ministerio del Interior.


Certificación del Interés Bancario Corriente para las modalidades de Crédito de Consumo y Ordinario, microcrédito y consumo de bajo monto

* Se certifica el interés Bancario Corriente para los siguientes periodos y modalidades de crédito:
* Consumo Y ordinario 1 de Octubre al 31 de Diciembre de 2015 19.33%
* Microcrédito 1 de Octubre al 30 de Diciembre de 2015 35.42%
* Consumo de Bajo Monto 1 de Octubre al 30 de septiembre de 2015 34.77%

* Fuente: Resolución 1341 de 06 de octubre de 2015, Ministerio del Interior.


Plazo Especial para el reporte de información del mes de Septiembre para PN o PJ establecidas en Zona Fronteriza Colombo-Venezolana.

* Las PN y PJ responsables del Impuesto sobre las ventas registradas en el régimen común, inscritos en el Registro Único Tributario (RUT) QUE SE ENCUENTRAN DOMICILIADOS EN ZONA Fronteriza Colombo- Venezolana, deben suministrar la siguiente información, sobre las ventas realizadas durante el mes, indicando:
* Concepto del Sistema de Facturación utilizado para realizar las ventas.
* Prefijo de la Factura o documento equivalente emitido durante el día.
* Número inicial y final de las facturas o documentos equivalentes expedidos durante el día.
* El valor total acumulado de las ventas de las facturas o documentos equivalentes.
* El valor total acumulado de las ventas de los bienes objeto de la exención según decreto 1818 de 2015.
* Fecha y numero del documento de remisión de bienes a los municipios fronterizos.
* Fecha de la recepción de los bienes enviados con la remisión.
* Números e las facturas o documentos equivalentes relacionados con la Remisión de Bienes.
* Sistema de Facturación:
     1 Talonario
     2 POS
     3 PLU
     4 Factura por computador
     5 Otros

La información correspondiente al mes de septiembre y octubre del 2015, se debe reportar a más tardar en las siguientes fechas, teniendo en cuenta el último digito del NIT del Informante:
Último Digito                Fecha
1 y 2                10 de noviembre de 2015
3 y 4                11 de noviembre de 2015
5 y 6                12 de noviembre de 2015
7 y 8                13 de noviembre de 2015
9 y 0              17 de noviembre de 2015 La información del mes de Noviembre

Último Digito                Fecha
1 y 2                09 de diciembre de 2015
3 y 4                10 de diciembre de 2015
5 y 6                11 de diciembre de 2015
7 y 8                14 de diciembre de 2015
9 y 0                15 de diciembre de 2015 La información del mes de Diciembre:

Último Digito Fecha
1 y 2                 12 de enero de 2016
3 y 4                 13 de enero de 2016
5 y 6                 14 de enero de 2016
7 y 8                 15 de enero de 2016
9 y 0                 18 de enero de 2016

* Fuente: Resolución 105 de 05 de octubre de 2015, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.


Presentación Información 2015 ante la DIAN

* Los empleadores que ocupen trabajadores mujeres víctimas de la violencia comprobada, deberán informar esta circunstancia a la DIAN.
* Para efectos de establecer la obligación de informar, los “Ingresos Brutos” incluyen todos los ingresos ordinarios y extraordinarios, y entre los Ingresos extraordinarios se deben tener en cuenta los correspondientes a las ganancias ocasionales.
* La Sociedad Administradora del Depósito Centralizado de Valores DECEVAL, deberá presentar la información requerida anualmente por periodos mensuales.
* Los Administradores de los fondos de inversión Colectiva y de Pensiones deberán presentar la información de acuerdo a las parámetros establecidos.

* Fuente: Resolución 111 de 29 de octubre de 2015, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.


Formatos presentación de Información 2015 Fondos de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones entre otros 2015

* Información de Fondos de Inversión Colectiva, se realizara mediante el formato 1021 versión 7, donde se tendrán en cuenta las características y contenido del mismo.
* Información de Fondos de Pensiones, se realizara mediante el formato 1022 versión 8, donde se tendrán en cuenta las características y contenido del mismo.
* Información de Fondos de Cesantías, se realizara mediante el formato 2274 versión 1, donde se tendrán en cuenta las características y contenido del mismo.
* Información de Fondos de Pensiones Obligatorias, se realizara mediante el formato 2277 versión 1, donde se tendrán en cuenta las características y contenido del mismo.
* Información Certificados de Ingresos y Retenciones para las Personas Naturales Empleados, se realizara mediante el formato 2276 versión 1, donde se tendrán en cuenta las características y contenido del mismo.

* Fuente: Resolución 112 de 29 de octubre de 2015, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.


Asignación de Cupo en Importaciones de bebidas alcohólicas a la Zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribía y Manaure.

* Se establece un cupo de importación a la Zona de Régimen Aduanero Especial de Maicao, Uribía y Manaure para las bebidas alcohólicas, de 375.943 litros, por el termino de 6 meses a partir de la fecha. Exceptuando el cupo de la subpartida 2208.90.10.00
* Este cupo será verificado por la UAEDIAN, mostrando el nivel de utilización del mismo.
* Este cupo no será aplicable en aquellas importaciones que se realicen de países miembros de la Comunidad Andina de Naciones, y de las cuales Colombia tenga tratados libre de comercio.

* Fuente: Resolución 114 de 30 de octubre de 2015, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.